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Directrices 16, 17 y
18: Combatir la discriminación entre hombres y mujeres, conciliar la vida
laboral y familiar y promover la reincorporación a la vida activa.
- Fomentar el empleo de mujeres con
cargas familiares no compartidas.
- Fomentar el reingreso al mercado
laboral de mujeres después de una ausencia del mismo de al menos 5 años.
- Facilitar la conciliación de la
unidad familiar de la mujer con la vida laboral incentivando la reducción de su jornada
laboral y la contratación de otra mujer para ocupar la parte de jornada reducida.
- Fomentar la sustitución de mujeres
que deban ausentarse del trabajo por maternidad, adopción y otras cargas familiares, por
mujeres desempleadas.
- Desarrollo de un Proyecto Leonardo
para mujeres sobre nuevos perfiles profesionales surgidos de INTERNET.
- Políticas de fomento de empleo
dirigidas a empresas.
- Programas formativos en profesiones
emergentes y en las que estén infrarrepresentadas.
- Fomentar prácticas legislativas para
la igualdad laboral y salarial.
- Incrementar el sistema de servicios
sociales y de ayuda a domicilio.
* Desarrollo normativo:
(Orden de 13 de enero de 1999, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicada
en BOCYL del 5-3-99)
(Orden de 23 de junio de 1998. BOCYL
de 30 de junio de 1998)
(Orden de 24 de julio, de 1998.
BOCYL de 4 de agosto de 1998)
(Orden de 23 de julio de 1998. BOCYL
de 3 de agosto de 1998)
Directriz
19: Favorecer la inserción de los minusválidos en el trabajo.
- Integración normal en la empresa.
- Integración protegida en Centros
Especiales de Empleo.
- Autoempleo.
- Convenios de Colaboración para
planes formativos.
* Desarrollo normativo:
(Orden de 28 de abril de 1998, de la Consejería de Presidencia y Administración
Territorial, publicada en BOCYL el 30-4-98)
(Orden de 7 de octubre de 1998, de
la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, publicada en BOCYL el
8-10-98).
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