Organismo que lo promueve:
Consejería de Fomento
Descripción:
OBJETO:
Ayudas económicas desrtinadas a subvencionar la renta o precio de alquiler de las viviendas.
BENEFICIARIOS:
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Personas físicas arrendatarias de viviendas.
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Jóvenes mayores de edad y menores de 36 años.
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Tener una fuente regular de ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 €.
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Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de la solicitud
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La vivienda deberá estar destinada a residencia habitual y permanente.
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La vivienda no podrá estar sometida a ningún régimen de protección pública.
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Tener nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europeao del espacio Económico Europeo o extranjeros no comunitarios con residencia legal y permanente en España.
CONDICIONES DEL ALQUILER:
El importe mensual de la subvención en ningún caso podrá ser superior al importe mensual del precio del alquiler.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
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Contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCYL.
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Contratos formalizados con posterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde la formalización del contrato y como máximo hasta el 10 de diciembre de 2008.
NORMATIVA APLICABLE:
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Orden FOM/88/2006, de 24 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras .
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ORDEN FOM/384/2008, de 5 de marzo, por la que se convocan ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes. (BOCyL 12 de marzo de 2008).
AYUDAS.
El periodo subvecnionable abarcará desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2008.
- Si hay varios titulares del contrato la cuantía de la subvención se dividirá entre el número total de titulares del contrato de arrendamiento.
- Las ayudas se podrán recibir si concurren los requisitos durante un máximo de 4 años, sean consecutivos o no, o hasta que el beneficiario cumpla 36 años.
- Incompatibilidad con otras ayudas que se puedan obtener de cualquier Administración para el mismo fin, excepto el complemento de la renta básica de emancipación.
Tipo de ayuda:
Ayuda / Subvención
Colectivo destinatario:
Plazo de presentación de solicitudes:
Apertura del plazo de presentación:
13 de marzo de 2008