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Ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda. Convocatoria 2008

Organismo que lo promueve:

Consejería de Fomento

Descripción:

OBJETO:

Ayudas económicas desrtinadas a subvencionar la renta o precio de alquiler de las viviendas.

BENEFICIARIOS:

  • Personas físicas arrendatarias de viviendas.
  • Jóvenes mayores de edad y menores de 36 años.
  • Tener una fuente regular de ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 €.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de la solicitud
  • La vivienda deberá estar destinada a residencia habitual y permanente.
  • La vivienda no podrá estar sometida a ningún régimen de protección pública.
  • Tener nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europeao del espacio Económico Europeo o extranjeros no comunitarios con residencia legal y permanente en España.

CONDICIONES DEL ALQUILER:

El importe mensual de la subvención en ningún caso podrá ser superior al importe mensual del precio del alquiler.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

  • Contratos formalizados con anterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCYL.
  • Contratos formalizados con posterioridad a la publicación de la convocatoria, un mes desde la formalización del contrato y como máximo hasta el 10 de diciembre de 2008.

NORMATIVA APLICABLE:

  • Orden FOM/88/2006, de 24 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras .
  • ORDEN FOM/384/2008, de 5 de marzo, por la que se convocan ayudas a jóvenes arrendatarios de vivienda y ayudas complementarias de la renta básica de emancipación de los jóvenes. (BOCyL 12 de marzo de 2008).

AYUDAS.

El periodo subvecnionable abarcará desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2008.

Ayuda a jóvenes arrendatarios de vivienda
Tabla de Cuantías Ayuda jóvenes arrendatarios 2008 Ingresos brutos
Supuestos Iguales o inferiores a 1 vez el IPREM Superiores a 1 vez e inferiores a 2 veces el IPREM
Cantidad fija 210 Euros mensuales 210 Euros mensuales
Complemento 30 Euros 15 Euros
Para los que tengan reconocida la renta básica de emancipación: Complemento. 30 Euros 15 Euros
  Descarga en formato Excel la Tabla Ayuda a jóvenes arrendatarios de vivienda
  • Si hay varios titulares del contrato la cuantía de la subvención se dividirá entre el número total de titulares del contrato de arrendamiento.
  • Las ayudas se podrán recibir si concurren los requisitos durante un máximo de 4 años, sean consecutivos o no, o hasta que el beneficiario cumpla 36 años.
  • Incompatibilidad con otras ayudas que se puedan obtener de cualquier Administración para el mismo fin, excepto el complemento de la renta básica de emancipación.

Tipo de ayuda:

Ayuda / Subvención

Colectivo destinatario:

  • Inquilinos de viviendas.

Plazo de presentación de solicitudes:

Apertura del plazo de presentación:

13 de marzo de 2008