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Administración Pública de Castilla y León

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Presentación de cuentas y presupuestos

Ideas Generales
  • Los aspectos esenciales de su regulación están regulados en el artículo 24 de la Ley 13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León. 
  • Las aprueba el Patronato, conforme a las reglas de los Estatutos.
  • En ellas constará de forma cierta la situación económica, financiera y patrimonial de la Fundación.
  • No es competencia delegable.
  • Se remiten al Protectorado en el plazo de seis meses desde el cierre del ejercicio.
  • Es necesario presentar un ejemplar firmado por todos los miembros del Patronato, justificando, en su caso, las posibles ausencias.
Normas y criterios para su elaboración

 

Modelos de cuentas

Acceso a los modelos de documentos:   Modelos de documentos de cuentas

El inventario
  • Debe presentarse junto con las cuentas anuales. Los Planes de Contabilidad para entidades sin fin de lucro establecen que el inventario forma parte de información de la memoria.
  • Conforme dispone el art. 19 del Reglamento de Fundaciones de Castilla y León, aportado el inventario general del primer ejercicio, en los sucesivos sólo será necesario incluir las variaciones que se hayan producido en el ejercicio.
  • Es una relación de los elementos patrimoniales que constituyen el patrimonio de la Fundación, debiendo indicar por cada uno de ellos:
    • Descripción del elemento.
    • Fecha de adquisición.
    • Valor contable.
    • Variaciones producidas en la valoración.
    • Provisiones, amortizaciones, etc.
    • Cualquier otra cinscunstancia significativa, como gravámenes, afectación a fines propios, formar parte de la dotación fundacional, etc.

 

El presupuesto de gastos e ingresos
  • Es un documento dirigido a la planificación y programación de la Fundación.
  • Debe aprobarse por el Patronato antes de comenzar cada ejercicio.
  • Incluirá los gastos e ingresos y los cambios previstos en relación con los bienes.
  • Deberá remitirse un ejemplar al Protectorado para constancia del mismo.
  • En la memoria de las cuentas anuales debe informarse del grado de cumplimiento del presupuesto aprobado.

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