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Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica

¿Qué es?

La Orden de Protección es un instrumento a disposición de las víctimas de la violencia doméstica que les permite obtener de modo rápido y sencillo una protección integral.

En una única resolución el juez de instrucción adopta medidas de carácter civil y penal y activa los mecanismos de protección social establecidos por las diferentes Administraciones Públicas a favor de la víctima. Se establece así un sistema de coordinación entre los órganos judiciales y administrativos que intervienen en los casos de violencia doméstica.

La Orden de Protección se inscribe en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica.

La víctima será informada permanentemente sobre el estado de las medidas cautelares adoptadas y la situación procesal del agresor.

¿Cómo se solicita?

La Orden de Protección puede ser solicitada por la víctima, un familiar o el Ministerio Fiscal, o acordada de oficio por el propio Juez.

La solicitud puede presentarse en cualquier Comisaría de Policía o puesto de la Guardia Civil, en el Juzgado, Fiscalía, Oficinas de Atención a la Víctima o en los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones Públicas.

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