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Servicios Sociales
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Personas con discapacidad
- Atención temprana a menores de 3 años o menores de 6 años no escolarizados.
Se solicitará en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales en cada una de las provincias de Castilla y León, pudiéndose realizar con carácter de urgencia.
- Valoración de discapacidad
Se solicitará en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales en cada una de las provincias de Castilla y León, pudiéndose realizar con carácter de urgencia.
- Acceso, por prioridad social, a recursos residenciales para personas con discapacidad.
Para los casos urgentes y graves de personas con discapacidad que necesiten atención residencial especializada, se podrá solicitar en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales en cada una de las provincias de Castilla y León o en los Centros de Acción Social de las Administraciones Locales (CEAS).
Personas mayores dependientes
Acceso, por prioridad social, a recursos residenciales para personas mayores con dependencia. Para los casos urgentes y graves de personas mayores con dependencia que necesiten atención residencial especializada, se podrá solicitar en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales en cada una de las provincias de Castilla y León o en los Centros de Acción Social de las Administraciones Locales (CEAS).
Menores
- Menores no acompañados.
Se deberá contactar con las Secciones de Infancia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales en cada una de las provincias de Castilla y León que serán los competentes para adoptar las medidas de protección necesarias de estos menores, incluido su ingreso en centros específicos de protección a menores o el acogimiento familiar.
- Ofrecimiento de familias para acoger a menores.
Las familias interesadas en acoger a menores que se encuentren sin familia o adultos responsables de ellos en la Comunidad Autónoma deberán dirigirse al teléfono de información 012 o al programa de acogimiento familiar de la Junta de Castilla y León gestionado por Cruz Roja.
Acogimiento de familias ucranianas en domicilios particulares
Aquellas familias que quieran acoger a familias ucranias en sus domicilios particulares deberán dirigir su ofrecimiento solidario al teléfono 012.
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Sanidad
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La Junta de Castilla y León, a través de la Gerencia Regional de Salud, ofrecerá a los refugiados procedentes de Ucrania todas las prestaciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud (tanto en Atención Primaria como en Atención Hospitalaria y Emergencias), así como la prestación farmacéutica y ortoprotésica.
Para ello, la Consejería de Sanidad les incluirá en la base de datos de Usuarios y Tarjeta Sanitaria con la finalidad de poder recibir asistencia sanitaria cuando la precisen.
Asimismo, tendrán acceso a todos los programas de prevención de enfermedades y de vacunación de Salud Pública.
Acceso a la tarjeta sanitaria
A los refugiados se les entregará un documento de desplazamiento temporal que garantizará su acceso a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
Cartera de Servicios de Atención Primaria, incluyendo los programas de Salud Pública de cribado y de vacunación
- Atención psicosocial de las personas refugiadas y de sus familiares para diagnosticar y tratar precozmente el síndrome de estrés post-traumático y otros problemas secundarios a su situación de refugiado por guerra (duelo de las personas que han dejado en su país o que han fallecido, desparecidos, desarraigo, etc.).
- Actividades de prevención y de promoción de la salud individual y familiar, con especial atención a los niños, las mujeres, las personas con discapacidad y las personas mayores/frágiles/dependientes.
- Actividades de prevención y de promoción de la salud individual y familiar
- Atención a los problemas de salud prevalentes (asma, obesidad, hipertensión, diabetes, EPOC, insuficiencia cardiaca, pluripatología crónica, embarazo, maltrato, violencia de género…)
- Servicios complementarios de atención (fisioterapia, cirugía menor y ecografía clínica)
- Actividades de promoción de la salud de abordaje grupal y comunitario.
- Atención domiciliaria/ cuidados paliativos.
- Atención continuada.
Cartera de Servicios de Atención Primaria
Cartera de Servicios de Atención Hospitalaria
- Atención psicosocial de las personas refugiadas y de sus familiares para diagnosticar y tratar precozmente el síndrome de estrés post-traumático, ansiedad, depresión, riesgo de suicidio y otros problemas secundarios a su situación de refugiado por guerra (duelo de las personas que han dejado en su país o que han fallecido, desparecidos, etc.).
- Asistencia ambulatoria especializada (consultas en hospital, centros de especialidades médicas y desplazamiento de especialistas a centros de salud).
- Hospitalización en régimen de ingreso.
- Atención hospitalaria de urgencia.
- Hospital de día.
- Hospitalización a domicilio.
- Cuidados paliativos
Cartera de Servicios de Atención Especializada
Cartera de Servicios de Emergencias
- Dar respuesta a las llamadas de demanda sanitaria y prestar asistencia a las urgencias y emergencias de Castilla y León.
- Consultoría telefónica de problemas urgentes a cargo de los médicos especialistas del Centro Coordinador.
- Asistencia médica urgente "in situ" en el ámbito extrahospitalario con Unidades de Soporte Vital Avanzado y traslado al Centro Sanitario si fuera preciso.
- Atención y traslado urgente en Unidades de Soporte Vital Básico desde el medio extrahospitalario hasta el Centro Sanitario más adecuado a la urgencia.
- Derivación para ser atendidos en otros niveles asistenciales, Atención Primaria y Atención Hospitalaria.
- Actuación en situaciones de riesgo previsible.
- Coordinación de recursos sanitarios y asistencia hospitalaria en accidentes múltiples víctimas y catástrofes.
Cartera de Servicios de Emergencias
Prestación farmacéutica y ortoprotésica
Los refugiados tendrán acceso a la prestación farmacéutica y ortoprotésica, en los términos previstos en la normativa de aplicación.
Servicio de interpretación telefónica
Desde los teléfonos de cualquier centro sanitario se puede acceder las 24h, los 365 días del año, a este servicio de interpretación simultánea, que incluye la llamada a tres, por si hay que comunicarse con el país de origen. Entre los idiomas disponibles se encuentran el ucraniano y el ruso.
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Educación
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Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
Se garantizará una plaza escolar a los niños ucranianos en todas las etapas educativas no universitarias .
En función de la localidad de acogimiento de los refugiados se buscará plaza en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que tengan vacantes. Para ello deberán dirigirse a las direcciones provinciales de educación que gestionarán la adjudicación de los alumnos que necesiten ser escolarizados.
Se puede disponer de más de 450 plazas en varias residencias para alumnos de enseñanzas no universitarias en las provincias de Ávila, Burgos, León, Salamanca, Soria y Zamora.
Cursos específicos de español para personas adultas
Se pondrán a su disposición en la red de Centros de Educación de Personas Adultas de Castilla y León.
En función de la localidad de acogimiento de los refugiados se buscará plaza en los centros de educación de personas adultas (CEPA). Para ello pueden dirigirse, bien a los propios CEPA, bien a las direcciones provinciales de educación, bien a los ayuntamientos de las localidades donde están ubicados estos centros.
Universidades
Se coordinarán, junto con las universidades, los procesos de recepción de estudiantes universitarios y/o personal docente e investigador.
Las universidades públicas de la comunidad han acordado la puesta en marcha de una iniciativa para acoger hasta 100 estudiantes ucranianos de grado, máster y doctorado en cualquiera de las titulaciones impartidas por las instituciones académicas. La iniciativa no solo prevé el acceso a los estudios como estudiantes de movilidad sino también ayudas de alojamiento, manutención y conocimiento del idioma.
También hay posibilidad de financiar 10 contratos temporales de investigador visitante, hasta final de curso, para docentes e investigadores universitarios ucranianos de las áreas de conocimiento que Ucrania y Castilla y León comparten como Agroalimentación, Energía, Ingeniería Aeronáutica o Humanidades. Estas contrataciones permitirán cubrir los gastos de alojamiento y manutención del investigador y su familia durante su estancia en Castilla y León.
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Empleo
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Las oficinas de empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECYL) prestarán los servicios correspondientes, incluidos en el artículo 7 en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, regulada por Real Decreto 7/2015, de 16 de enero.
Artículo 7. Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
- Los servicios incluidos en la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo son los siguientes:
- a) Servicio de orientación profesional.
- b) Servicio de colocación y de asesoramiento a empresas.
- c) Servicio de formación y cualificación para el empleo.
- d) Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
Todo ello sin perjuicio de la prestación de una atención específica, a través de itinerarios individualizados y personalizados, poniendo a su disposición, tanto los servicios específicos ya existentes (como puede ser el Servicio específico de traducción telefónica para inmigrantes) como aquellos otros que se creen al efecto y resulten pertinentes.
En cuanto al desglose de las medidas, según la Cartera Común del Sistema Nacional de Empleo, se pueden prestar los siguientes servicios:
Servicio de orientación profesional
El servicio de orientación profesional es un servicio integral que tiene por objeto la información, el diagnóstico de la situación individual, el asesoramiento, la motivación y acompañamiento en las transiciones laborales.
Este servicio tiene por finalidad ayudar a los usuarios a mejorar su empleabilidad, promover su carrera profesional y facilitar su contratación u orientar hacia el autoempleo.
Incluirá información general acerca de las circunstancias de trabajo más relevantes en el ámbito territorial de la Unión Europea, incluyendo el acceso a la información disponible a través de la red EURES.
Servicio de formación y cualificación para el empleo
Este servicio tiene por finalidad promover la formación, cualificación profesional, recualificación y actualización permanente de las competencias profesionales facilitando la transición al empleo, ajustando la oferta formativa y la de los proveedores de formación a las necesidades del mercado de trabajo.
Este servicio proporcionará a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través de una oferta de formación acreditable y formación no formal, así como el reconocimiento de competencias adquiridas por la experiencia laboral.
Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento
El servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento tiene por objeto apoyar y promover iniciativas emprendedoras y generadoras de empleo y autoempleo, vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su perfil y competencias, con especial atención al trabajo autónomo, a la economía social y a la dinamización del desarrollo económico local.
Junto a los servicios señalados, las personas desplazadas de Ucrania pueden acceder a la condición de destinatario en el Programa de Acciones dirigidas a la integración Social y Laboral de la Población Inmigrante y Emigrante.
Este programa tiene como objetivo la información, asesoramiento y orientación de los trabajadores hacia el desarrollo de sus habilidades competenciales para poder alcanzar sus expectativas laborales, así como adquirir las destrezas necesarias para mejorar su empleabilidad.
Por la Consejería de Economía y Hacienda se efectuará un análisis sectorial de empresas con necesidades de trabajadores en función de los perfiles identificados para la búsqueda de su integración laboral.
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Vivienda
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La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, está en condiciones de poner a disposición de las personas refugiadas procedentes de Ucrania las viviendas del Parque Público de Alquiler Social disponibles por no hallarse arrendadas, que en la actualidad ascienden a 102.
Las condiciones de puesta a disposición de dichas viviendas serán de total gratuidad, tanto en lo referido a renta como a la prestación de los suministros básicos de agua, luz, gas, gasóleo de calefacción, etc.