Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Gobierno de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Decreto por el que se crean plazas de médico y enfermero de área en atención primaria.

LA JUNTA APRUEBA EL DECRETO POR EL QUE SE CREAN LAS PLAZAS DE MEDICO Y ENFERMERO DE ÁREA EN ATENCIÓN PRIMARIA

La Junta de Castilla y León ha aprobado hoy el Decreto por el que se crean las plazas de médicos y enfermero de Área de Atención Primaria en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud y se ordenan sus funciones y actividades.

La elaboración de esta normativa responde a lo establecido en la Ley 55/2003, del personal estatutario de los Sistemas de Salud que, en relación con la ordenación del personal sanitario, se dispone que "de acuerdo con el criterio de agrupación unitaria de las funciones, competencias y aptitudes profesionales, de las titulaciones y de los contenidos específicos de las funciones a desarrollar, los Servicios de Salud establecerán las diferentes categorías o grupos profesionales existentes en su ámbito".

Este Decreto sometido a aprobación hoy por parte del Consejo de Gobierno tiene su antecedente más inmediato en el Acuerdo 95/2004 de la Junta de Castilla y León, mediante el que se llevó a cabo una regulación jurídica, de carácter provisional, del personal de refuerzo en el ámbito de Atención Primaria de SACYL, en lo referido a sus condiciones de trabajo.

Para dar respuesta a las nuevas condiciones y garantizar el régimen de prestaciones sanitarias establecido por la Comunidad de Castilla y León, se aprueba este Decreto, mediante el cual se crean las plazas de médico y de enfermero de Área, dentro de las categoría de médicos de Familia y de A.T.S./D.U.E. de Atención Primaria.

Se trata de una medida que permite la disponibilidad de profesionales de Área en equipos de Atención Primaria o en unidades funcionales, de acuerdo con lo que a tal efecto se determinen en las programaciones funcionales de sus ámbitos de intervención con el fin de que puedan prestar una eficaz colaboración para alcanzar el máximo grado de desarrollo de las actuaciones que dichos equipos o unidades tengan encomendadas.

Esta norma se plantea como medio para regularizar la situación de estos profesionales que, con carácter eventual, viene realizando la cobertura de la Atención Continuada en los equipos de Atención Primaria de Castilla y León.

La creación de estas plazas no se trata de una medida novedosa, pues ya existen las figuras de matrona de Área, de odontólogo de Área, de fisioterapeuta de Área y de pediatra de Área.

El Decreto por el que se crean las plazas de médicos y enfermero de Área de Atención Primaria implica, además de la creación de estas plazas y su dependencia orgánica de la Gerencia Regional de Salud, la definición de sus funciones; la realización de su labor en un Área de Salud; la regulación de la jornada laboral de estos profesionales; y sus retribuciones.

Asimismo se ahonda en las vacaciones, permisos y licencias; en la acción social o derechos sociales de este colectivo; y aspectos referidos a los desplazamientos y su manutención.

Por último, una Disposición transitoria de este Decreto establece que, en tanto se convoque procesos selectivos ordinarios, estas plazas estarán cubiertas por interinos, atendiendo al baremo que sea negociado por los sindicatos y que deberá respetar como mérito la prestación de servicios como personal de refuerzo de la Gerencia Regional de Salud, pudiéndose, en toda caso, efectuar el nombramiento de personal eventual mientras se complete este procedimiento.

 De esta forma se organizarán adecuadamente tanto la Atención Continuada como las coberturas de las ausencias reglamentarias de estos profesionales médicos y de Enfermería de Área, con una previsión de creación de 550 plazas de médicos y de 403 de enfermeros.

Consejo de Gobierno del 21 de diciembre de 2006.
Dirección de Comunicación