LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN APRUEBA EL DECRETO QUE ACTUALIZA LA CUANTÍA DE LAS SANCIONES EN MATERIA DE CAZA
La Junta de Castilla y León ha aprobado hoy en Consejo de Gobierno el Decreto que actualiza el importe de las sanciones establecidas en el artículo 77 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.
La habilitación normativa para llevar a cabo, por Decreto, la actualización de las sanciones está establecida en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, en la que se prevé que el importe de las sanciones contenidas en su artículo 77 será actualizado cada tres años de acuerdo con los Índices de Precios al Consumo, experimentados en dicho periodo.
La cuantía de dichas sanciones fue actualizada mediante el Decreto 65/2003, de 29 de mayo, tomando como base el periodo de octubre de 1996 a octubre de 2002.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el incremento del Índice de Precios de Consumo, desde noviembre de 2002 hasta el mes de noviembre de 2005, fue del 10%.
La finalidad de esta obligación de actualizar el importe de las sanciones es conseguir que dicho importe no pierda su valor punitivo (la finalidad de la multa es castigar al infractor con un perjuicio en su patrimonio) por el paso del tiempo.
Según el artículo único del Decreto, que actualiza las sanciones, el importe de las mismas es el siguiente:
a) Por la comisión de infracciones leves: Multa de 39,03 a 390,39 euros.
b) Por la comisión de infracciones graves: Multa de 390,40 a 3.903,87 euros.
c) Por la comisión de infracciones muy graves: Multa de 3.903,88 a 78.077,48 euros.
Con la aprobación de la nueva norma, queda derogado el Decreto 65/2003, de 29 de mayo, por el que se actualiza la cuantía de las sanciones a imponer por la comisión de las infracciones tipificadas en la Ley 4/1996 de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.
Consejo de Gobierno del 14 de septiembre de 2006.
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