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La Junta adapta los contenidos del primer ciclo de educación infantil a la LOE.

La Junta adapta los contenidos del primer ciclo de educación infantil a la LOE

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que determina los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León y ha establecido los requisitos mínimos que deberán reunir los centros públicos y privados que imparten dicho ciclo educativo.

La primera etapa de Educación Infantil se corresponde con los tres primeros años de vida, tiene carácter voluntario y busca contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas, potenciando su autoestima e integración social, la educación en valores, con especial referencia a la educación en la convivencia, y la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos escolar, familiar y social.

De conformidad con la Ley Orgánica de Educación (LOE) y el Real Decreto que establece las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de la Educación Infantil, el decreto aprobado hoy consta de una parte expositiva y 13 artículos. Se precisan, entre otros aspectos, los contenidos educativos y los principios pedagógicos, organizados en tres áreas (conocimiento de sí mismo y autonomía personal, conocimiento del entorno y lenguajes: comunicación y representación); los principios de evaluación global, continua y formativa; la autonomía de los centros en el marco de su proyecto educativo, acorde con la responsabilidad fundamental de las familias en la educación de sus hijos; o las instalaciones y condiciones materiales de los centros.

Por otra parte, se indica que el número máximo de niños por unidad en función de su edad será de 8 en menores un año, 13 por unidad en niños de uno o dos años y 20 entre niños de dos a tres años, con posibilidad de ratios inferiores en las unidades que integren niños con necesidades educativas especiales. También se concreta la titulación y el número mínimo de profesionales de atención directa (uno más que unidades en funcionamiento) o las autorizaciones a centros con menos de tres unidades y 13 alumnos como máximo; requisitos de estos centros incompletos; así como el control y la supervisión de la Consejería de Educación, a través de la inspección educativa. El Decreto aprobado hoy contiene además el calendario de implantación del primer ciclo de Infantil para el curso académico 2008-09.

En la elaboración y tramitación de este norma han participado todos los sectores afectados en la programación general de la enseñanza dentro del seno del Consejo Escolar de Castilla y León. Además, se ha sometido a informe de la Asesoría Jurídica de Educación, de la Dirección General de Presupuestos, así como e otras Consejerías. Por último, el texto ha sido informado por el Consejo Consultivo de Castilla y León.

Consejo de Gobierno del 14 de febrero de 2008.
Dirección de Comunicación