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Aprobado el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León

Aprobado el plan de conservación y gestión del lobo en Castilla y León

El Consejo de Gobierno ha aprobado un Decreto por el que se pone en marcha el Plan de Conservación y Gestión del Lobo en Castilla y León, con una  inversión prevista  de 5.765.000 euros para sus primeros 10 años de vigencia y con dos objetivos básicos: asegurar el mantenimiento de un estado de conservación favorable de la especie y minimizar el conflicto social en el medio rural.

El Decreto configura el marco jurídico en el que se establecen todas las medidas tendentes a garantizar la conservación del lobo a largo plazo y a la mejora de la compatibilidad de la especie con la ganadería extensiva, de forma que ésta no se convierta en un elemento más que pueda afectar a la viabilidad económica de las explotaciones castellano y leonesas. La vigencia del Plan es indefinida, aunque se prevé su revisión general cada 10 años y de forma extraordinaria cuando las circunstancias lo aconsejen.

El mencionado Plan, que estima el número de manadas presentes en la Comunidad en 149 según el censo del año 2001 (más de 1.500 ejemplares), plantea entre otros objetivos el mantenimiento de una población estable, la viabilidad de la especie, su aprovechamiento cinegético, la compatibilidad de su existencia con la de la ganadería extensiva y con la viabilidad económica de las explotaciones agropecuarias, su puesta en valor para convertirla en un elemento que fomente el desarrollo rural en su ámbito de distribución, y el fomento de la investigación, el seguimiento y la educación ambiental acerca de este animal.

El texto establece hasta tres zonas de gestión en las que se puede dividir el territorio de Castilla y León en función de la potencialidad del medio para albergar lobos, la disponibilidad de presas silvestres y carroñas, así como la conflictividad potencial con la ganadería extensiva. En la zonificación se ha utilizado la división en comarcas agrarias debido al interés por facilitar la aplicación de las distintas medidas para hacer compatible la especie con las actividades agroganaderas.

Cinco líneas de actuación
El decreto establece 5 líneas de actuación:

  1.  Compatibilización con la ganadería. Se establecen diversas medidas preventivas, compensatorias y de control de la especie. Las primeras consisten en incentivos para prevenir los daños a la ganadería (pastoreo, perros guardianes y vallados protectores) y la colaboración con las entidades locales en el control de los perros asilvestrados.
    Las compensatorias se establecerán en función de la situación de los terrenos (norte o sur del Duero) en los que se producen los daños y establece, además de cuantías económicas, un servicio destinado a auxiliar a los ganaderos que han sufrido un siniestro en los territorios situados al sur del Duero, y otras medidas para facilitar a los afectados el acceso a la ayuda y a la comunicación de posibles siniestros a la Administración (a través de un protocolo de colaboración con el teléfono de los Centros Provinciales de Mando y/o el de emergencias 112).
    Respecto a las medidas de control, se establece el aprovechamiento cinegético como procedimiento prioritario para ejecutar las acciones de control encaminadas a prevenir los daños a la ganadería o a proteger aquellas especies amenazadas que puedan verse afectadas por la presencia del lobo. Además, se regula la forma de realizar el control de la población tanto en la época hábil de caza de la especie  como en períodos de veda.
  2. Control de la mortalidad no natural de la especie.- Incluye diversas medidas orientadas al control del furtivismo, como por ejemplo el incremento de la eficacia en la vigilancia de las actividades ilegales. Además,  se contempla la mejora de la formación del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de la dotación de medios materiales y humanos en las labores de vigilancia. También se establece un riguroso control de las causas de muerte accidental de la especie, con una especial incidencia en el caso de atropello, a través del análisis de puntos negros y de la aplicación de las medidas correctoras en las infraestructuras viarias.
  3. Aprovechamiento de la especie. Se establece el marco jurídico para el aprovechamiento cinegético en todas aquellas comarcas en las que la situación demográfica de la especie lo permita durante la época hábil. Anualmente, se determinará para cada comarca agraria el cupo de lobos a extraer con el fin de garantizar su conservación a largo plazo y mantener los objetivos de gestión. Los cupos asignables anualmente a cada comarca se enmarcarán entre los porcentajes de la población que para cada zona se definan en función del seguimiento anual de la especie y de sus parámetros poblacionales. En este apartado se incluyen también las medidas tendentes a  revalorizar la especie como un elemento más del patrimonio natural y cultural de Castilla y León.
  4. Investigación y seguimiento. Se recoge el apoyo y fomento de la Consejería de Medio Ambiente a las actuaciones de investigación. Entre las actuaciones a desarrollar en el seguimiento de la población de lobo en Castilla y León destacan las patrullas de seguimiento de fauna, encargadas de realizar el censo, la vigilancia y el control de la especie. Estas unidades son fundamentales para mantener el conocimiento de la situación al sur del Duero y actúan como el primer contacto de los ganaderos con la Administración, asesorándoles ante posibles siniestros e informándoles de las posibles vías de ayudas para implantar medidas preventivas. También se prevé la creación de una base de datos del lobo en la región, lo que permitirá  homogeneizar la dispersa información existente.
  5. Información, educación y sensibilización. Se establecen medidas para el desarrollo e impulso de campañas de divulgación, información y sensibilización por parte de la Junta..

Antecedentes
La Junta ha venido gestionando las poblaciones de lobo desde 1984, fecha de la asunción de las competencias de gestión de montes, caza y conservación de la naturaleza. En un primer momento, el lobo se gestiona como una especie  exclusivamente cinegética en toda la Comunidad. Desde el Convenio de Berna y la aprobación de la Directiva Europea Hábitats, esta especie goza de protección en zonas de la Comunidad situadas al sur del río Duero y es cinegética en el resto. En Castilla y León, el lobo ha sufrido un proceso expansivo en los últimos años, fenómeno que ha supuesto, además de un incremento de las densidades de la especie en los territorios ocupados de forma marginal, su aparición en comarcas en las que no estaba presente desde hacía décadas.

Consejo de Gobierno del 3 de abril de 2008.
Dirección de Comunicación