La Junta aprueba el Decreto que regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula el acceso de las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial al empleo público y a la formación de la Administración autonómica en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. Determina que el número total de plazas que conformen la Oferta de Empleo Público anual para el ingreso en la Administración y la promoción interna tendrá un cupo de reserva como mínimo del 10 % para las personas con discapacidad hasta alcanzar el 2 % del total de efectivos.
Como parte de la apuesta de la Junta por la creación de empleo estable, el decreto se enmarca dentro de las medidas acordadas en la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad y ha sido elaborado con las aportaciones de las asociaciones regionales representativas de los intereses de estas personas.
La nueva norma regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la promoción interna, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración, incorporando además medidas adicionales de acción positiva que contribuyan a la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública de las personas con discapacidad.
Como novedades más significativas destacan la especial atención que se presta a las personas con discapacidad intelectual así como a las que tienen una discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 75 %, la prioridad de llamada en las bolsas de empleo temporal, las convocatorias específicas, la adaptación de puestos, la formación y los planes de apoyo en el trabajo.
Cupo mínimo de reserva
La reserva mínima del 10 % en la Oferta de Empleo Público anual para el ingreso en la Administración y la promoción interna, hasta alcanzar el 2% del total de efectivos, se realizará sobre el cómputo de las vacantes incluidas en la oferta anual de forma que pueden concentrarse en las convocatorias de las plazas que se adapten mejor a las peculiaridades de estas personas. Las vacantes que no se cubran no se ofrecerán al turno libre sino que se acumularán al cupo que se destine para personas con discapacidad en la oferta de empleo siguiente, con un límite máximo del 15 % del total.
Entre las novedades se encuentra la creación de tres tipos de convocatorias para las personas con discapacidad -ordinarias, independientes y específicas- y las adaptaciones para la realización de las pruebas y de los puestos de trabajo. Del mismo modo, el Decreto recoge la firma de convenios entre la Administración y las entidades vinculadas a personas con discapacidad para promoción de programas experimentales que les permitan la ocupación de puestos de trabajo no permanentes, la formación a los aspirantes a acceder a la Administración por los sistemas de convocatorias específicas para facilitar su integración en el puesto de trabajo y la creación de la Comisión de seguimiento para la integración laboral de las personas con discapacidad en la Administración.
Consejo de Gobierno del 23 de diciembre de 2008.
Dirección de Comunicación