La nueva responsabilidad por daños causados por piezas de caza en Castilla y León tras la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras
Autor:
CABALLERO LOZANO, José María
Descripción:
Un problema jurídico y económico que se produce en muchos lugares de España y, en particular, en Castilla y León, es la determinación de la responsabilidad civil derivada de los daños causados por los animales silvestres que son susceptibles de caza. Las reflexiones que siguen son continuación de las que hemos realizado en otro momento acerca de la responsabilidad civil que tiene su origen en los hechos dañosos causados por las piezas de caza (1). La vuelta al estudio de este tipo de responsabilidad extracontractual tiene su justificación en el hecho de que recientemente la Ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de Castilla y León ha experimentado una reforma radical en su artículo 12, el cual ha recibido una nueva y completa redacción, de modo que en materia de responsabilidad civil cinegética podemos decir, sin temor a equivocarnos ni a incurrir en exageración, que estamos en presencia de una nueva Ley de caza en Castilla y León. La finalidad de la reforma es aproximar el régimen legal de la Comunidad Autónoma al del Estado, donde, a su vez, se ha operado una reforma cuya finalidad es procurar que la citada responsabilidad, en el caso de que se provoquen accidentes de tráfico, no se impute a los titulares de los terrenos de caza, como venía sucediendo hasta ahora, sino que sea a cargo de quien haya intervenido culpablemente, por acción u ominión, en el hecho: conductor del vehículo, titular cinegético, Administración responsable de la carretera, etc.
Tipo de publicación:
Artículo
Fecha de publicación:
1 de septiembre de 2006