Descripción:
Normativa consolidada referente al Decreto 71/2007, de 12 julio 2007 por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda.
Mediante el Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, se han determinado las Consejerías en que se organiza la Administración de la Comunidad Autónoma así como su denominación y competencias a partir de lo cual es preciso determinar la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda en lo que se refiere a sus órganos directivos centrales, lo que debe realizarse mediante Decreto de la Junta de Castilla y León de acuerdo con lo previsto en el artículo 45.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad.
Éste es el objeto de la presente disposición que configura los centros directivos que integran la Consejería del siguiente modo:
Conserva la definición de la Secretaría General a la que corresponden los servicios comunes de la Consejería, de acuerdo con las previsiones del artículo 39 de la Ley del Gobierno y de la Administración, y además las competencias en materia de patrimonio de la Comunidad que derivan de la ley reguladora del mismo y las correspondientes a los temas de contratación administrativa que afectan a toda la Administración.
La Dirección General de Tributos se configura como el único órgano directivo central de la Administración de la Comunidad competente en materia tributaria.
Se delimitan las competencias de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios referidas por una parte al ámbito presupuestario que necesariamente ha de implicar tareas de programación y planificación del gasto en general y de las inversiones públicas en particular y por otra a todas aquellas cuestiones relativas a los Fondos Comunitarios ligadas a aquél.
El Decreto encuadra orgánicamente en la Consejería de Hacienda la Dirección General de Estadística a la que la Ley 7/2000, de 11 de julio, de Estadística de Castilla y León, atribuye autonomía funcional y determina sus funciones.
Igualmente dispone la dependencia orgánica de la Intervención General de la Administración de la Comunidad, que ejerce con autonomía las funciones que le atribuye la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Se actualizan las atribuciones de la Tesorería General de acuerdo con lo establecido por la Ley de la Hacienda y del Sector Público, de modo que además de la gestión y custodia del Tesoro de la Comunidad y lo relativo al endeudamiento y los avales que venía ejerciendo, se le atribuyen la gestión de las disponibilidades líquidas del sector público autonómico y competencias sobre el régimen financiero del mismo.
Por último, se crea la Dirección General de Financiación Autonómica a la que corresponde la elaboración de estudios y propuestas sobre la financiación de la Comunidad.
Estado de la norma:
Vigente
Ámbito de aplicación:
Autonómico
Boletín y Fecha de publicación:
BOCyL 18 julio 2007, número 139/2007