Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Administración Pública de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Decreto 13/1997, de 30 enero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 8 julio 1994 de Museos

  • Ir a descargas
  • Compartir

Descripción:

Normativa consolidada referente al Decreto 13/1997, de 30 enero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 8 julio 1994 de Museos.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León en su artículo 26.1.13 establece la competencia exclusiva de la Comunidad en materia de patrimonio histórico de interés para la misma, así como sobre los museos y otros centros culturales de su interés que no sean de titularidad estatal.

En desarrollo de estas competencias se dictó la Ley 10/1994, de Museos de Castilla y León con el fin de regular la actividad de los museos de competencia de la Comunidad Autónoma y de establecer las directrices para la gestión, coordinación, fomento e inspección de los mismos.

Para la consecución de estos fines, la Ley de Museos prevé la creación de un sistema de museos de ámbito regional que garantice la protección y conocimiento por los centros y servicios museísticos del patrimonio cultural, así como su puesta al servicio de los intereses generales.

Una vez llevada a cabo la regulación de órganos como la Junta de Valoración y Adquisición de Bienes Culturales y el Consejo de Museos de Castilla y León, creados por nuestra Ley de Museos y de cuestiones como la aceptación de fondos a título gratuito en museos gestionados por la Comunidad, el presente Reglamento pretende un mayor desarrollo de la citada Ley.

Estado de la norma:

Vigente

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

BOCyL 4 febrero 1997, número 23/1997