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Modificación del ámbito territorial de un Consejo autonómico de Colegios Profesionales

El ambito territorial de un Consejo Autonómico se puede modificar siempre que se cumplan los requisitos de que integre a la mayoria de Colegios Profesionales y que la suma de los profesionales inscritos sean mayoria respecto del total de colegiados de la profesión en Castilla y León.

  • Trámites: Electrónico
  • Dependencia funcional: Vicepresidencia
  • Dependencia orgánica: Consejería de la Presidencia
  • Centro Directivo: Dirección General de Relaciones con la Sociedad Civil
  • Órgano Gestor: Servicio de Colegios Profesionales
  • Organo que resuelve: Junta de Castilla y León
  • Plazo para resolver: Tres meses
  • Efecto del silencio: Desestimatorio
  • Enlace solicitud:  Modificación del Ámbito Territorial de un Consejo Autonómico de Colegios Profesionales

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